domingo, mayo 19, 2024

Juicios Paralelos: Qué debe hacer un Dircom para que los medios se conviertan en sus aliados

MARÍA JESÚS GONZÁLEZ-ESPEJO, DIRECTORA DE EMPRENDELAW Martes 17 de junio de 2014

Cuando determinados asuntos trascienden a la opinión pública, de modo que son los medios de comunicación los que van forjando en el conjunto de la sociedad una idea o un prejuicio sobre los hechos y personas implicadas, existe el riesgo de que se emita un juicio paralelo.

ARTÍCULO PATROCINADO POR EVENTAE / CONTROL DE ASISTENCIA A EVENTOS

El asunto es aún más delicado y por ende, se produce con mayor frecuencia, cuando estamos ante hechos judicializados, situaciones con implicaciones jurídicas para algunas de las personas implicadas, como por ejemplo ocurre con los sucesos violentos con víctimas, los delitos económicos o los hechos que producen consecuencias perjudiciales para la salud, el patrimonio, el bienestar de las personas o el medioambiente.


En este tipo de supuestos, nos encontramos con dos víctimas potenciales: por un lado, los Jueces, en cuanto que deben ejercer su función siempre desde la imparcialidad y este tipo de juicios suelen generar presión sobre ellos y dificultar el ejercicio de su actuación y, por otro lado, los imputados, ya que, antes de que el juez dicte sentencia pueden haber sido ya condenados por la opinión pública y en consecuencia, ver dañada su reputación de forma irreparable. Obviamente otras personas como los familiares y allegados del imputado también pueden sufrir daños.


A todos nos vienen a la cabeza casos como Noos, Madrid Arena o Gürthel, en los que los medios de comunicación, alimentados por su necesidad de generar audiencias, toman la palabra y dejan, en algunos momentos, de lado su obligación de informar con objetividad.


Es importante aclarar que en todo juicio paralelo entran en conflicto varios derechos. Por un lado, el artículo 20.1.d de la Constitución Española que recoge la llamada libertad de información, piedra angular de toda sociedad democrática. Este precepto establece el derecho a comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. Por otro, el artículo 120 que regula la publicidad de las actuaciones judiciales, que se hace efectiva con la presencia de los medios de comunicación. Y por otra, los artículos 18 y 24, que establecen el derecho al honor y a la propia imagen y a la tutela judicial efectiva, respectivamente. Los profesionales de los medios de comunicación y los responsables de las instituciones judiciales tienen la obligación de respetar estos preceptos, buscando en caso necesario el equilibrio adecuado entre todos ellos.


Ante una situación de crisis que ha derivado en un juicio paralelo, es vital contar con un plan estratégico de comunicación que permita una relación eficaz con los medios de comunicación para proporcionarles el flujo de información necesario, impidiendo que éstos emitan su propio juicio y al mismo tiempo, logre salvaguardar en la mayor medida posible, la reputación de todos los implicados.


Para el responsable de comunicación (DIRCOM) normalmente, los primeros momentos son los más complicados, pues nunca se está suficientemente preparado para gestionar de forma eficaz la situación, los procesos están sobre el papel (cuando se dispone de un plan de crisis) pero nunca antes se han llevado a la práctica, los recursos necesarios no se han puesto a prueba y pueden no ser suficientes para responder a las necesidades reales. Sin embargo, los medios de comunicación deben sentirse “atendidos” desde el principio. Si se les deja libertad total para actuar, si se les desatiende es cuando por lo general, formarán sus opiniones sin contar con nuestra información. En cambio, si en todo momento les suministramos información o al menos, les atendemos con interés, tendremos muchas más posibilidades de contar con ellos como aliados. No olvidemos que, “si yo no digo nada, otros los dirán por mí”.


La mejor forma de combatir una crisis es dando información en cada momento, lo que no significa que sea la información que los medios demanden, pero al dársela, evitaremos que la busquen en otro lado.


El plan debe contemplar quien será portavoz y en los casos en que existen implicaciones jurídicas, éste debe escogerse con particular cuidado. La prudencia debe ser la fuente de inspiración de todas sus declaraciones a la vista de que pueden tener valor de prueba en el posterior juicio y por ello, deben ser consensuadas o emitidas por el abogado (siempre y cuando éste se sienta cómodo y seguro ante los micrófonos).


Idealmente el portavoz debe ser un avezado comunicador, que vea el asunto con ojos de “eficacia comunicativa”, al margen del aspecto puramente jurídico. Pero a la vez, debe ser un responsable profesional, que entienda los riesgos que conlleva la realización de manifestaciones en un asunto judicializado.


Por otra parte, en este tipo de procesos se decreta a menudo el secreto de sumario, lo que conlleva para las partes estar sometidas al deber de silencio. Obviamente en esos supuestos, la comunicación deja de tener sentido y el sigilo se convierte en la regla que debe regir todas las actuaciones.


Es frecuente que, ante este tipo de situaciones se produzcan tensiones entre los abogados y los comunicadores. El motivo: mientras que el abogado adopta una actitud absolutamente cautelosa frente a los medios, con los que por lo general, no está acostumbrado a tratar y a los que “teme” en parte debido a ese desconocimiento, el comunicador es consciente de que los medios de comunicación pueden ser “aliados” de una estrategia bien trazada y ejecutada.


En suma, la comunicación en los casos en los que existe un procedimiento judicial, deja de regirse por las reglas que habitualmente sigue un DIRCOM a la hora de llevar a cabo su trabajo, para dar paso a unas nuevas en las que impera la ley y los valores de la discreción y la prudencia y en las que el liderazgo en la fijación de la estrategia de la comunicación lo tiene el abogado y el DIRCOM se convierte en un gestor que debe seguir al pie de la letra sus indicaciones, si bien éste último, debe también jugar un rol respecto al abogado, ilustrando a éste sobre cómo lograr que los medios se conviertan en aliados y trabajar con ellos en pro de los intereses de su cliente.